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Por segunda ocasión INE le para spots a Miguel Barbosa
Diario Sin Secretos
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), respecto a los promocionales titulados “Barbosa Gobernador” -en su versión para radio RA00213-19 y televisión RV00161-19-, “Malas Administraciones” -RA00208-19-, y “Realidades en BC” -RA00209-19- en sus versiones para radio.
Es la segunda ocasión que el INE le para los spots a Miguel Barbosa, lo cual viene a afectar la promoción de su campaña política.
Por mayoría de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, y con el voto en contra del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó como procedentes las medidas cautelares dado que, de un análisis preliminar, se observa que los promocionales no identifican a Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, como candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia en Puebla”, integrada por los partidos políticos del Trabajo, Verde Ecologista de México y MORENA.
En sesión, las Consejeras Favela y Zavala explicaron que en los promocionales objeto de estudio no existen elementos que hagan posible identificar que el candidato compite por vía de una coalición, ya que, del análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho a los promocionales denunciados, no es posible advertir imagen (versión televisión) o referencia (ambas versiones) que aluda a que Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta es candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia en Puebla”; ni tampoco se incluye el logotipo o referencia de los partidos políticos del Trabajo y MORENA que la integran, ya que sólo se menciona y es visible la imagen del logotipo del Partido Verde.
Por su parte, el Consejero Nacif argumentó su voto explicando que, en este caso, no se justifica el peligro de demora ni se advierte que la difusión del spot denunciado pueda generar un daño irreparable a algún principio o a la contienda electoral, por lo que la Comisión debería abstenerse de ejercer su facultad para dictar medidas cautelares, privilegiando la libre circulación de ideas y opiniones que son de interés general y que, en este caso, el incumplimiento a la normativa electoral debe ser analizado por la Sala Especializada del Tribunal Electoral para resolver el fondo del asunto.
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