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Elimina el Congreso del Estado la prescripción de los delitos sexuales 

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Congreso

Elimina el Congreso del Estado la prescripción de los delitos sexuales 

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Antonio Cuellar
Antonio CuellarJefe de Redacción · 17 de Nov. 2020
Elimina el Congreso del Estado la prescripción de los delitos sexuales 

Diariosinsecretos.com Puebla capital.- En Sesión Ordinaria virtual, el Congreso del Estado aprobó, por mayoría de votos, reformas a los artículos 128 Bis y 278 Octies del Código Penal del Estado, con la finalidad de eliminar la prescripción de los delitos sexuales en Puebla. El dictamen, que reforma los artículos 128 Bis y 278 Octies del […]

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Puebla capital.- En Sesión Ordinaria virtual, el Congreso del Estado aprobó, por mayoría de votos, reformas a los artículos 128 Bis y 278 Octies del Código Penal del Estado, con la finalidad de eliminar la prescripción de los delitos sexuales en Puebla.

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El dictamen, que reforma los artículos 128 Bis y 278 Octies del Código Penal del Estado de Puebla, busca eliminar la prescripción para un nuevo catálogo de delitos de índole sexual a los ya establecidos, como es corrupción de menores e incapaces, pornografía de menores e incapaces, ciberacoso, violación a la intimidad sexual, abuso sexual, estupro, hostigamiento y acoso sexual.
Asimismo, establece penas de dos a siete años de prisión, a quien sabiendo la comisión de estos delitos sexuales no acuda a denunciarlos.

Aprueban reformas para garantizar la reinserción social

En un momento diferente del orden del día se aprobó el dictamen con minuta de decreto por el que se reforman la fracción V del artículo 36 y las fracciones XVII, XVIII, XIX y XXXI del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, con el fin de llevar a cabo una armonización conceptual con la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes y la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Aprueban reformas para el mejoramiento para mejorar procuración de justicia

En otro punto del orden de día aprobaron reformas a los artículos 1, el primer párrafo del 4, la fracción II inciso c) del 5, y las fracciones III y IV del 16 de la Ley que crea el Fondo para el Mejoramiento de la Procuración de Justicia en el Estado de Puebla.

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