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Ciudad de Puebla.- En sesión pública virtual, diputados de la Comisión de Turismo del Congreso del Estado, aprobaron el dictamen con minuta de decreto para modificar la Ley de Turismo, referente a los derechos y obligaciones de los prestadores de servicios, para que en caso de una emergencia sanitaria o contingencia provocada por algún fenómeno natural, y que se lleven a cabo la suspensión de actividades, pueda garantizar en lo posterior la reactivación económica de los sectores turísticos y de los sitios denominados “Pueblos Mágicos” en el estado de Puebla.
La presidenta de la Comisión de Turismo, Guadalupe Esquitín Lastiri, dio cuenta de la propuesta en la que se solicita reformar la fracción primera del artículo 81 de la ley en la materia, en la que se propone incluir en este ordenamiento, la palabra o concepto de reactivación económica, además de considerar que la Secretaría de Turismo elabore un plan permanente para llevar a cabo acciones de promoción y difusión de los lugares, zonas y sitios turísticos, así como de los denominados “Pueblos Mágicos” a nivel estatal, nacional e internacional para generar un impulso de este sector en beneficio de los prestadores de servicios.
La legisladora explicó que con estas reformas los prestadores de servicios turísticos, serán considerados en las estrategias de relaciones públicas, difusión y promoción turística de la Secretaría de Turismo del Estado de Puebla y los municipios a participar en el Consejo Consultivo de Turismo de conformidad con las reglas de organización.
Asimismo, serán incluidos en los catálogos, directorios y guías turísticas elaboradas por la Secretaría de Turismo del Estado de Puebla, siempre y cuando cumplan con las disposiciones legales en la materia, además de recibir información y asesoría técnica de la Secretaría, para elevar la calidad de sus servicios.
En la exposición de motivos, también se considerará que, los prestadores de servicios deberán de participar en los programas de profesionalización del sector turístico que promueva o lleve a cabo la Secretaría del ramo, además de solicitar al personal encargado de las visitas de inspección y demás procedimientos de verificación, se identifiquen y presenten la documentación que autoriza su actuación.

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