Diario sin secretos.com/19 de febrero de 2021.- El día de hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Mexicana, que eliminan el fuero presidencial.
A partir de mañana, los presidentes mexicanos podrán ser imputados y juzgados por los delitos de traición a la patria, corrupción, delitos electorales, entre otros por los que se pueda enjuiciar un ciudadano común.
Según los cambios al artículo 111, para proceder penalmente contra el Presidente sólo se necesitará acusarlo ante el Senado, el cual atenderá el caso conforme a la legislación aplicable. Para esto, serán derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente acuerdo.
Después de casi dos años de la iniciativa del actual presidente, Andrés Manuel López Obrador, el 26 de noviembre pasado, el Senado aprobó con 89 votos a favor y 23 en contra de la eliminación del fuero.
¿Qué es el fuero presidencial?
El fuero presidencial o la inmunidad parlamentaria, consiste en una protección otorgada al presidente, la cual estipula una cierta inmunidad de enjuiciamiento en delitos electorales o corrupción. Este método también es usado por otros funcionarios públicos, como senadores y diputados.
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