En uso de la palabra el Regidor Sergio Quiroz Corona manifiesta: si presidenta, pero quiero puntualizar algo, las inspectorías y juntas auxiliares no son independientes, forman parte del gobierno municipal, ellos son los representantes en sus colonias y juntas auxiliares, yo creo que no está por demás decirle al inspector que por salud política este consciente de que es hermana de la secretaria general del Ayuntamiento, incluso se destina un porcentaje mensual de nuestros ingresos propios para las juntas auxiliares y colonias, entonces, si es parte del gobierno municipal, no hagamos cosas buenas que parezcan malas; y si el gobierno es emanado de la cuarta transformación y de morena deben tener claro el criterio a seguir.
En uso de la palabra el Síndico Municipal Josué Xicale Coyopol manifiesta: hay que separar las cosas, coincido en que algunos elementos políticos deben cuidarse. En cuanto a la parte jurídica, las juntas auxiliares e inspectorías fueron elegidas a partir de elección pública y de acuerdo con la ley tienen la libertad de proponer su terna y el dictamen presentado está conforme a derecho, y si está separada la administración auxiliar de la municipal, funcionamos en coordinación, así como con el gobierno del Estado, pero cada uno tiene sus facultades.
Respecto a la parte de lo que nos compete y para la buena administración de justicia, tanto en las juntas auxiliares como en las inspectorías de la jurisdicción de este municipio, se requiere de jueces de paz que atiendan las necesidades de la población, a efecto de regular las relaciones de los particulares cuando existan diferencias entre ellos, haciendo manifiesto que es facultad del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla nombrar a propuesta de este cabildo jueces de paz que durarán en su cargo tres años dentro de la jurisdicción de este municipio, mismos que en este caso son requeridos para la inspectoría de la Colonia Emiliano Zapata, siendo una atribución de este Ayuntamiento en términos del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal ejercer la presente función de propuesta ante el Poder Judicial del Estado, por lo tanto la presente actuación se encuentra debidamente fundada y motivada.
En uso de la palabra el Regidor Sergio Quiroz Corona manifiesta: en cuanto a mi participación yo nunca cuestioné el tema jurídico, estoy hablando de una concepción en cuanto al tema político.
Acto continuo y una vez que los integrantes del Honorable Cabildo analizaron y discutieron dicho punto, se procedió a recabar la votación, solicitando sirvan manifestar su voto; una vez emitido, se obtienen: 5 votos a favor, 2 votos en contra, siendo de las regidoras Cristina Bertoni Quitl y María Guadalupe Espinosa Díaz, 5 abstenciones de los regidores Sergio Quiroz Corona, Alejandra Arroyo Abud, Blanca Estela Guzmán Sánchez, José Guillermo Margarito Paisano Arias y Lidia Memehua Macuil; no se aprueba el punto.
En consecuencia y por lo anteriormente expuesto se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: NO SE APRUEBA LA TERNA DE CANDIDATOS PARA DESEMPEÑAR EL CARGO DE JUEZ DE PAZ.
SEGUNDO: SE INSTRUYE A LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO HACER DE CONOCIMIENTO EL PRESENTE ACUERDO AL INSPECTOR DE LA COLONIA EMILIANO ZAPATA, A EFECTO DE PROPONER UNA NUEVA TERNA DE CANDIDATOS PARA DESEMPEÑAR EL CARGO DE JUEZ DE PAZ.
SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
Por lo que hace al presente punto del orden del día el Síndico Municipal JOSUÉ XICALE COYOPOL, con fundamento en lo preceptuado por los artículos 78 fracción III, XXIII y XXVIII; 91 fracción LXVI y LVI de la Ley Orgánica Municipal; 62, 66 y 174 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla; somete a consideración de este Cuerpo Edilicio para su análisis, discusión y aprobación el dictamen por el que se autoriza la nueva terna de candidatas.