Estado
Pedro Antonio Márquez, realizó visita de supervisión al Juzgado Civil y Penal de Tepeaca
Diario Sin Secretos
Tepeaca, Pue.- Como parte de las acciones de vigilancia que corresponden al Consejo de la Judicatura, se realizó la visita de supervisión ordinaria al Juzgado Civil y Penal de Tepeaca, un ejercicio que permitió revisar directamente el funcionamiento del órgano jurisdiccional y, al mismo tiempo, abrir un espacio de diálogo con las personas que acuden a él y con quienes diariamente trabajan en este juzgado.
Durante dos días, el Presidente del Consejo de la Judicatura, Pedro Antonio Martínez, atendió personalmente a usuarios, abogados y trabajadores que se acercaron para plantear dudas, inquietudes y necesidades relacionadas con la operación del juzgado y la atención que reciben.
Esta apertura fue valorada por las personas que participaron, quienes destacaron la posibilidad de expresar directamente sus inquietudes ante el Consejo de la Judicatura. De igual manera, las y los trabajadores del juzgado señalaron la importancia de contar con este tipo de espacios, particularmente porque la distancia con la sede del Poder Judicial dificulta que puedan acercarse con frecuencia para plantear de manera directa las necesidades de los órganos jurisdiccionales.
Durante la visita, el Presidente del Consejo explicó que las supervisiones ordinarias forman parte de las atribuciones de vigilancia del órgano y tienen, entre otros objetivos, detectar posibles irregularidades o anomalías y conocer las condiciones en las que se desarrolla la función jurisdiccional.
En este sentido, recordó que el Consejo de la Judicatura ha implementado distintas medidas para prevenir y erradicar malas prácticas, entre ellas cambios de adscripción del personal y, cuando existen indicios y elementos de prueba que así lo sustentan, la separación del cargo de quienes incurren en posibles irregularidades, siempre mediante los procedimientos correspondientes y con estricto apego a la ley.
Pedro Antonio Martínez subrayó que la supervisión no debe limitarse a la revisión administrativa de un órgano jurisdiccional, sino que también debe permitir escuchar directamente a las personas que utilizan el servicio de justicia y a quienes forman parte de los juzgados.
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