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Puebla capital.- Los diputados de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado, aprobaron adicionar el artículo 474 Quater, al Código Penal del Estado, para aplicar sanciones y con cárcel a quienes tengan o manejen rastros Clandestinos
Para establecer sanciones de uno a cuatro años de prisión y de dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al que posea o tenga en propiedad un espacio para sacrificio o faenado de uno o más animales de abasto, de forma clandestina, además de imponerle la clausura del inmueble.
Así como a quien realice el sacrificio o faenado de animales de abasto sin realizar métodos de insensibilización, exceptuando a quien realice la ganadería de autoconsumo, explicaron las diputadas preopinantes de la Iniciativa, María del Carmen Cabrera Camacho y Olga Lucía Romero Garci Crespo.
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