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Congreso

Después de varios decesos en «anexos» congreso aprueba ley para regularlos

DiarioSinSecretos.com 

Después de que en mayo del año pasado se comenzaran a registrar múltiples deceso he irregularidades en los tan conocidos Centros de Rehabilitación o anexos. Se aprobó la ley que esta a cargo de regularlos y salvaguardar la integridad de los pacientes de no ser así serán clausurados las  Comisiones Unidas de Salud y Procuración Administración de Justicia reformas al Código Penal para aplicar sanciones a quien preste servicios en centros de salud mental o adicciones y que no cuenten con licencias de funcionamiento o registro de la Comisión Nacional contra las Adicciones.

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El gobernador Miguel Barbosa Huerta señaló que la reforma para regular los anexos evitará que se cometan asesinatos al interior de los centros de rehabilitación.

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En conferencia de prensa, mencionó que los encargados de estos espacios tienen una visión deformada de la sociedad y disfrutan de humillar y torturar a las personas que están anexadas.

Por ello, pidió que el próximo 8 de diciembre la reforma sea tratada y aprobada por los diputados en el Pleno del Congreso del Estado para evitar más anomalías en los anexos irregulares.

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«Es un asunto complejo, muchos dueños de esos lugares son gente deformada de su visión de sociedad y de su personalidad, porque disfrutan sobre los asuntos de control, autoritarismo, sumisión, humillación y hasta tortura, eso se va a modificar de fondo, esta reforma va a ser muy importante”.

Agregó que esto terminará con la impunidad en los anexos y solo el gobierno estatal tendrá la facultad de otorgar los permisos para abrir los centros de rehabilitación en Puebla.

Sin embargo, aclaró que las autoridades municipales tendrán atribuciones para supervisar que los espacios operen con normalidad y no se cometan actos violentos.

Este miércoles, las comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia y de Salud del Congreso de Puebla aprobaron reformas para castigar hasta con cuatro años de prisión a centros que funcionen como anexos irregulares.

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La que suscribe Diputada Iliana Paola Ruíz García, integrante del Grupo Legislativo del Partido de MORENA, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 57 fracción I, 63 fracción II, y, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2 fracción VII, 44 fracción II, 134, 135,144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA ME PERMITO SOMETER A ESTA SOBERANÍA LA PRESENTE INICIATIVA DE LEY DE DECRETO POR LA QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 176 BIS DE LA LEY ESTATAL DE SALUD

de conformidad con lo siguiente:

La definición del alcoholismo y drogadicción según la Sociedad Americana de Medicina 2de la Adicción y el Consejo Nacional sobre el Alcoholismo y la Dependencia de Drogas es: El alcoholismo y la drogadicción es una enfermedad primaria, crónica, con factores genéticos, psicosociales y ambientales que influyen en su desarrollo y sus manifestaciones. La enfermedad es a menudo progresiva y fatal. Se caracteriza por una capacidad reducida para controlar el consumo, una preocupación obsesiva por el alcohol o la droga, el uso del alcohol a pesar de sus adversas consecuencias, y una deformación de la forma de pensar, siendo la más notable la negación. Cada uno de estos síntomas puede ser continuo o periódico”

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Puesto que la negación del problema es un síntoma propio del alcoholismo, los alcohólicos y enfermos de drogadictos tienden a ser evasivos cuando se les pregunta acerca de su forma de beber, y puede ser que algunos profesionales de la salud no se den cuenta de que el alcoholismo está contribuyendo a los síntomas. La mayoría de los alcohólicos rechaza rán cualquier sugerencia de que el alcoholismo está implicado y pueden ser igualmente reacios a la sugerencia de que Alcohólicos Anónimos sea su último recurso.

Pocos profesionales de la salud han tenido que tratar con pacientes que rechazan su diagnóstico. A pocos se les dice: “Ciertamente no soy diabético.” Pero cuando un profesional de la salud hace un diagnóstico de alcoholismo, a menudo el alcohólico contestará, “No bebo tanto,” o puede que diga “No soy un caso tan grave,” o dará cualquier excusa por su forma de beber. Los profesionales de la salud pueden esperar y anticipar este tipo de respuesta.

Algunos profesionales califican al alcoholismo y a la adicción a las drogas como “abuso de sustancias” o “dependencia química los investigadores, los profesionales de la salud y otros interesados en el alcoholismo tienen un interés legítimo y natural en identificar las causas del alcoholismo, las causas no sólo están consideradas como fuera de lugar sino también como una posible distracción del sencillo programa de abstinencia y recuperación.

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El Combate de las adicciones y tratamiento de enfermedades crónicas a consecuencia del consumo de sustancias que provocan algún tipo de

 

dependencia se ha dejado en manos de diferentes agrupaciones sociales denominadas “anexos” Normalmente estos centros se rigen bajo un programa de 12 pasos de Alcohólicos Anónimos (AA). Sin embargo, la misma organización mundial de Alcohólicos Anónimos de deslinda de las prácticas realizadas en estos sitios.

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En estos sitios es muy común la privación ilegal de la libertad, los golpes, las humillaciones y las condiciones de vida infrahumanas, empezaron a proliferar en México en los ochenta, por lo que llevan décadas de estar funcionando. Generalmente, a esos lugares las personas son llevadas a la fuerza por algún familiar con la intención de poder dar solución a la adicción del interno. Este tipo de centros de “rehabilitación” son muy comunes en nuestra entidad y la zona metropolitana, además de las condiciones en las que se encuentran las personas dentro de estos lugares, y lo que es aún más grave, es que estos lugares rara vez causan beneficios para quienes están ahí en contra de su voluntad. Por el contrario, muchas personas salen resentidas y ya no están dispuestas a aceptar más ayuda, aunque se trate de un centro de rehabilitación estandarizado y con un programa establecido y que da resultados.

Cada vez más nuestra población, tanto de niños como de adolescentes se ven inmersos en las adicciones y en esta situación; mucha de la responsabilidad recae en el núcleo familiar, la disfuncionalidad, la violencia intrafamiliar y la adicción de los mismos padres, son algunos de los factores generadores de alcohólicos y drogadictos, y cuando el problema los supera buscan alternativas de ayuda, que a veces no son apropiadas, como es el caso de las denominadas “granjas” o “anexos

El incremento de enfermos crónicos o adictos ha propiciado la demanda y creación de estos lugares. En México los centros de rehabilitación, “granjas” o anexos” para tratar a personas con adicciones operan sin ningún control por parte de las autoridades, y gran parte de estos

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incumplen con la Norma Oficial Mexicana NOM028-SSA2- para la prevención y tratamiento contra las adicciones; prueba de esto es que no todos los establecimientos especializados en adicciones, cuentan con un aviso de funcionamiento y no están registrados ante Conadic.

En los últimos meses la Entidad Poblana se ha visto envuelta en hechos polémicos a consecuencia del mal manejo y la falta de regulación a este tipo de “Centros de Rehabilitación o Anexos”, toda vez que dentro de la legislación local no existe un órgano encargado en la verificación y regulación de dichos establecimientos esto ha salido de control.

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En lo que va del año han sido privadas de la vida durante su paso e internación cuatro personas, las cuales fueron ingresadas en contra de su voluntad por algún familiar con la intención de buscar una rehabilitación y poner fin al problema de alcoholismo o drogadicción al que se enfrentaban Alan, un joven de 21 años quien fue asesinado a golpes al interior del anexo “La Piedad”. Una semana después salió a la luz otro caso similar: Fernando, de 41 años, murió luego de recibir golpes en el anexo “Puerta a la Vida”. Una mujer que fue abandonada sin vida a unas calles de otro anexo, “Guerreros en Cristo”, el cual puso al descubierto que por lo menos existe registro de otras dos muertes.

Así mismos internos cansados del mal trato que recibían dentro del centro en el que se encontraban y la gran desesperación de huir del centro de rehabilitación “Grupo Última Oportunidad”, ubicado en San Andrés Cholula, alrededor de 10 internos mataron a golpes a Abel N., de 24 años, quien fungía como encargado de vigilancia del anexo.

El grave problema de estos centros, es que no hay un control sobre su apertura o cierre, por ello es urgente analizar las estrategias de operación para regular o impedir que abran este tipo de sitios. En el país existen 14 mil grupos de los llamados 24 horas, pero también se encuentran las agrupaciones instaladas por la Sociedad Mexicana de AA, que cuentan

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Muere joven que anexaron en el centro de rehabilitación La Piedad de Puebla

Con anexos que operan sin apego a la norma. Cifras del Consejo Nacional contra las Adicciones establecen que en México hay 1,730 centros de atención o rehabilitación para pacientes en internación, de los cuales sólo 450 cuentan con certificación y 200 más están en proceso de certificación; de los 1,730 establecimientos 10 son Centros de Integración Juvenil, 20 centros estatales y 400 clínicas privadas; además de que al menos 1,300 centros fueron fundados por ex adictos, sin un protocolo y gente profesional.

La entidad poblana únicamente cuenta con el registro ante la Comisión Nacional contra el Combate a las adicciones de cinco clínicas especializadas en la rehabilitación, el resto operan de manera informal es por ello que es importante el poder contar con un padrón estatal en colaboración estado y municipio, así como la regulación donde se exija contar con un Reglamento Interno y un Programa General de Trabajo aprobado por el Conadic, que garantice y provea seguridad durante la instancia de los internos.

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Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de este Honorable Congreso la siguiente Iniciativa De Ley De Decreto Por La Que Se Adiciona El Artículo 176 Bis De La Ley Estatal De Salud.

Quedando de la siguiente manera la propuesta reformatoria. 

ÚNICO.- SE ADICIONA EL ARTICULO 176 BIS DE LA LEY ESTATAL DE SALUD.

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VIGENTE INICIATIVA
TÍTULO DÉCIMO PRIMERO PROGRAMA CONTRA LAS ADICCIONES

 

CAPÍTULO I PROGRAMA CONTRA EL ALCOHOLISMO Y EL ABUSO DE BEBIDAS ALCÓHOLICAS

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TÍTULO DÉCIMO PRIMERO PROGRAMA CONTRA LAS ADICCIONES

 

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CAPÍTULO I PROGRAMA CONTRA EL ALCOHOLISMO Y EL ABUSO DE BEBIDAS ALCÓHOLICAS

 

Artículo 176 BIS

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Para el tratamiento del alcoholismo, farmacodependencia o cualquier otra adicción y en su caso la rehabilitación, las administraciones estatales en conjunto con los 217 Ayuntamientos

deberán crear centros especializados

 

 

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en tratamiento, atención y rehabilitación, basado en sistemas modernos de tratamiento y rehabilitación, fundamentados en el respeto a la integridad y la libre determinación del interno, así mismo deberán.

 

I.             Crear un padrón de instituciones y organismos públicos y privados que realicen actividades de prevención, tratamiento, atención y reinserción social en materia de alcoholismo, farmacodependencia o cualquier otra adicción, que contenga las características de atención, condiciones y requisitos para acceder a los servicios que ofrecen.

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II.            Los             establecimientos especializados en adicciones que brinden atención residencial deben contar con el aviso de funcionamiento respectivo, así como con el

registro    como    institución

especializada ante el Comisión Nacional Contra las Adicciones (Conadic)

  • Deberán contar con un Reglamento  Interno   y   un Programa General de Trabajo aprobado por el Conadic, en
el que se contemple el
tratamiento médico y/o
psicosocial basado en

principios científicos, sociales y éticos.

  1. Las instalaciones   deberán contar con lo necesarios para dar atención a los usuarios, estableciendo perfectamente la división de acuerdo con su grupo de edad y
  2. El personal que labora en los espacios de tratamiento en adicciones, tiene la obligación de vigilar, proteger y dar seguridad a los usuarios, mientras permanezcan en éste, de lo contrario serán acreedores a lo establecido en la legislación

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