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Descalifica Consejo de Ministros ley de penalización de terapias de conversión

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Redacción Sin Secretos
Redacción Sin SecretosRedacción · 1 de Jun. 2022
Descalifica Consejo de Ministros ley de penalización de terapias de conversión

DiarioSinSecretos.com Ciudad de Puebla.- Miembros del Consejo Poblano de Ministros, descalificó en contra de la iniciativa dictaminada por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado de Puebla sobre la penalización de las terapias de conversión “porque limita nuestra Libertad de Culto y nuestro derecho de pensar, hablar y actuar conforme […]

DiarioSinSecretos.com

Ciudad de Puebla.- Miembros del Consejo Poblano de Ministros, descalificó en contra de la iniciativa dictaminada por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado de Puebla sobre la penalización de las terapias de conversión “porque limita nuestra Libertad de Culto y nuestro derecho de pensar, hablar y actuar conforme a nuestros principios morales y espirituales”.

“En esta iniciativa se pretende clasificar la consejería religiosa como una de las prácticas denominadas ECOSIG, esfuerzos para corregir la orientación sexual y la identidad de género manifestando que en dichas prácticas se ocupan medios de tortura, violencia y delitos en contra de las personas como privación ilegal de la libertad, violaciones sexuales, con métodos como los electroshocks y uso forzado de medicamentos. Negamos rotundamente que existan estas prácticas o métodos en la consejería que brindamos”, señala el Consejo.

Exhortaron a quien haya sufrido o sufra estos supuestos, “los denuncie a las autoridades correspondientes y sean ellas quienes castiguen estas conductas conforme a la Ley, como es de justicia”.

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“Nos parece incomprensible que quieran comparar estas prácticas violentas que condenamos, con un consejo respetuoso sin violencia a una persona que voluntariamente nos lo solicita. Exigimos que no se castigue un pastor o ministro de culto por dar un consejo basado en nuestros principios espirituales y del bien hacer”, señala era Consejo.

 

“El artículo que se pretende agregar sanciona a quien promueva, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica, con o sin fines de lucro, con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, estamos en el vacío de que cualquier práctica o servicio que brindemos pueda ser sancionado y perseguido por la autoridad”.

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