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El Congreso del Estado, aprobó realizar reformas al artículo 12 Bis de la Ley de Transporte para Puebla, y establecer que el pago por la prestación de servicios de las empresas de redes de transporte -taxis ejecutivos- pueda realizarse de manera electrónica o en efectivo.
De tal manera que el artículo queda de la siguiente forma “Artículo 12 Bis.- Para efectos de esta Ley, se entenderá como Empresa de Redes de Transporte a las Sociedades Mercantiles Nacionales cuyo objeto sea la prestación del Servicio Ejecutivo, mediante la administración y operación de aplicaciones y plataformas informáticas, basadas en el desarrollo de las tecnologías de los dispositivos inteligentes y los sistemas de posicionamiento global, cuyos esquemas tarifarios serán determinados por la misma. La contraprestación por los servicios de estas empresas podrá realizarse en pagos electrónicos o en efectivo.”
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