Pandemia Covid-19

Derechos del trabajador: El aguinaldo

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, precisa al respecto que las empresas no pueden alegar dificultades económicas de la empresa o la falta de utilidades como justificación para omitir el pago o reducir su importe. El pago del aguinaldo incompleto o a destiempo causa multas a los patrones.

El Licenciado Sergio Herrera Vázquez;

Consultado acerca del tema,  indicó que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo el pago de aguinaldo es de por lo menos 15 días de salario diario no integrado del trabajador, esto quiere decir que el pago no puede incluir prestaciones.

Por ley,  los trabajadores deben de recibirlo antes del 20 de diciembre de cada año, y el monto mínimo es de 15 días de salario por cada año trabajado, o en su caso, una parte proporcional.

Para quienes no han cumplido su anualidad laboral se les paga la parte proporcional, por ejemplo si alguien tiene medio año en el trabajo se le paga una semana de salario como parte proporcional de su aguinaldo.

También es legal acordar con el patrón que el pago del aguinaldo se haga en dos partes: una antes del 20 de diciembre y la restante a principios de año, esto se hace así para contar con dinero para iniciar el año nuevo.

Lo que jamás se puede hacer es pagar el aguinaldo en especie, así lo estipula el artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo, el cual dice que aguinaldo y salario sólo pueden pagarse en efectivo y con la moneda legal en curso.

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