Por: Lic Sergio Herrera Vázquez
A través de los años la sociedad a luchado por grabar en las leyes con letras de oro iniciativas para la seguridad de su fuerza laboral.
Aquí te presento cuales son algunos de tus derechos , para que sepas las garantías que tu país te ofrece y por supuesto también las instancias para defenderte si es que estos derechos son vulnerados.
• La duración de la jornada máxima será de ocho horas;
• La jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas;
• Quedan prohibidas las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años;
• Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas;
• Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso cuando menos;
• Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación;
• Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad;
• El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento;
• Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresa;
• Cuando deban aumentarse las horas de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente un ciento por ciento más de lo fijado para las horas normales. En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. Los menores de dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajos;
• Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten.
• Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse formando sindicatos•
Ahora que sabes cuales son tus derechos, estas instancias son a donde podrás acudir si estos son vulnerados por tus empleadores.
INSPECCIÓN FEDERAL DEL TRABAJO
Es la autoridad laboral que vigila el adecuado cumplimiento de la normatividad en los centros de trabajo, de acuerdo con la competencia administrativa, ya sea federal o estatal.
• Correo electrónico: inspeccionfederal@stps.gob.mx y sapi@stps.gob.mx
• Teléfono: 3000 2700 Ext. 5338 o 5388
PROFEDET
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo es un órgano que protege los derechos de los trabajadores ante la autoridad laboral, mediante los servicios gratuitos de asesoría, conciliación y representación legal.
Cuenta con una oficina central ubicada en Dr. Vértiz 211, Col. Doctores, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06720, México D.F. Además, tiene 47 oficinas foráneas distribuidas en el Interior de la República.
JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Es el tribunal laboral encargado de resolver, con imparcialidad y apego a derecho, los conflictos laborales de competencia federal que se susciten entre los factores de la producción.
16 años cuestionándolo todo, investigación y crítica política sin censura.